Antecedentes
El 25 de Septiembre 2012 Gobernador Brown firmo en ley el Proyecto de Ley 1830 (AB 1830), que enmienda Sección 2705.6 del Código de Servicios Públicos (PU). En virtud de este proyecto de ley, si se presenta una queja con la Comisión de Servicios Públicos de California (CPUC) por inquilinos de Parques de Casas Móviles MHP que proporciona el servicio de agua sólo a sus inquilinos de suministros e instalaciones de su propiedad, Y la queja está firmada por inquilinos que representan el 10% o más de las conexiones del MHP’s servicio de agua durante cualquier periodo en los últimos 12- meses, ENTONCES CPUC tiene la autoridad a determinar si las tarifas son justas y razonables y si el servicio es adecuado. El proyecto de ley también requiere que MHPs notifiquen a los inquilinos sus derechos. La ley es efectiva después del 31 de Diciembre 2012.
AB 1830 permite que inquilinos antiguos que han vivido en el MHP durante los últimos cinco años presenten una queja junto con los inquilinos actuales.
Carta a dueños y gerentes de MHP
Responsabilidad de Dueños y Gerentes del MHP
AB 1830 requiere que MHPs proporcionen un aviso a todos los nuevos inquilinos en el momento que estabilizan residencia con el MHP y a todos los inquilinos cada vez que el MHP cambia de servicio o tarifas de agua. El aviso debe ser en Inglés y los idiomas de comunicación primarias con los residentes recibiendo la notificación. AB 1830 hace que sí no proporcionan la notificación requerida son subjetivos a multas bajo el Artículo 2111 del Código de PU citado abajo:
Toda corporación o persona... que a sabiendas violé o no cumpla con... cualquier orden, decisión, regla, demanda, o requisito de la [Comisión de Servicios Públicos] comisión... es subjetivo a multas de no menos de quinientos dólares ($500), ni más de cincuenta mil dólares ($50,000) por cada ofensa. (Traducción)
Avisos Aprobados
Gerentes y dueños de MHPs que satisfacen los requisitos de AB 1830 pueden oprimir en el enlace abajo para descargar e imprimir los avisos, aprobados por CPUC’s Oficina del Asesor Publico, para proporcionarlos a sus inquilinos.
Publicáremos avisos en otros idiomas cuando recibamos peticiones y solo van estar publicados en la página de Ingles.
Preguntas/Comentarios
Por favor, póngase en contacto con la Oficina del Asesor Publico de la CPUC para
- Pedir una traducción del aviso del cliente en otros idiomas
- Solicitar ayuda para presentar una queja
- Hacer preguntas sobre este tema
Teléfono: 866-849-8390 o 415-703-2074
Correo Electrónico: public.advisor@cpuc.ca.gov
Dirección Postal: CPUC Public Advisor, 505 Van Ness Avenue, San Francisco, CA 94102
TTY 866-836-7825